Lorenzo Delgado, M. & Sáenz Barrio, O. 1993. Organización escolar: Una perspectiva ecológica. Alcoy: Marfil.
Siglas de Ley Orgánica del Derecho a la Educación.
Aprobada el 3 de julio de 1985, esta ley regula el derecho a la educación –recogido en el artículo 27 de la Constitución Española– y determina las normas a las que se debe ajustar la enseñanza en los niveles no universitarios del sistema educativo. Junto con otras dos Leyes Orgánicas, la LOGSE y la LOU (Ley de Ordenación Universitaria, que vino a sustituir a la LRU), la LODE desarrolla los principios y derechos establecidos en la Constitución Española en materia de educación. En el Título Preliminar de esta ley se recogen los derechos y fines de la educación (por ejemplo, la capacitación para el ejercicio de actividades profesionales), y los derechos de los miembros de la comunidad escolar (profesores, padres y alumnos).
Los postulados fundamentales de la LODE son dos: en primer lugar, el establecimiento de una red integrada de centros docentes públicos y privados concertados para garantizar la cobertura del derecho a la educación (con respecto a los centros privados no concertados, la ley reconoce también el derecho a su creación, así como su grado de autonomía); en segundo lugar, la LODE pretende asegurar la participación de todos los integrantes de la comunidad escolar en la organización y funcionamiento de los centros escolares, así como en la programación de la enseñanza. Dicha participación se lleva a efecto mediante dos órganos de gobierno colegiados: el Consejo Escolar y el Claustro de Profesores.
MEC (Ministerio de Educación y Ciencia). 1991. El Sistema Educativo Español. Madrid: CIDE-MEC.